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Es evidente que existe una amplia regulación en numerosos países en lo relacionado a los juegos de azar y a los casinos, según las prohibiciones y permisiones propias de cada nación en consonancia con la situación que presenta dicha industria en el entorno local. Entre los países con mayor cantidad de normativas pueden mencionarse los Estados Unidos de América, España, China entre otros. Ante ello, existe un lugar que carece de regulaciones expresas para los casinos y demás salas de juego, además de las pautas precisas para cada juego de casino; y es el país suramericano Bolivia.
En éste, por ejemplo, las salas de juego pueden disponer libremente de los juegos de azar en lo que a reglas y parámetros se refiere, y se constata de manera evidente en la poca fijación que tienen las autoridades bolivianas de dichos establecimientos, ya que la emisión de las licencias para la operación de maquinas tragaperras y de bingo están a cargo de la Lotería nacional, pero la vigilancia del funcionamiento de dichos mecanismos no se encuentra en poder de ninguna autoridad del país.
De este modo, no se concibe ningún tipo de rango mínimo en cuanto a las ganancias que las máquinas y demás juegos deben reportar por que el país se encarga del recaudo de dinero proveniente por concepto de licencias y apuestas específicas.
Los vacios legales en relación a la industria de los juegos de azar son bastante arraigados, y las propuestas no surgen en un país que ha rechazado constantemente los proyectos de ley creados por el parlamento de la nación, con miras a garantizar una mayor transparencia en las actuaciones de los casinos y establecer pautas concretas en cuanto a los tributos y recaudos a realizar en dichos establecimientos.
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Ante los diversos planteamientos formulados en relación a las mejoras y adecuaciones de aspectos que trascienden el plano estructural, los casinos fijan metas que alberguen entre sus enfoques la necesidad de adquirir mayor número de instrumentos que atiendan las demandas del mercado (incluidas en ellas las de los clientes), las tendencias propias de la institución en términos de objetivos y proyecciones, y por último que respondan a las exigencias de las empresas encargadas de la regulación de los juegos y de la entidad como tal.
Es así como surge un indeterminado listado de casinos que contratan los servicios de otras organizaciones con el ánimo de segmentar las diferentes áreas productivas y focalizarse en los aspectos puntuales del objeto social, logrando de esta forma cohesionar todo lo necesario para una idónea prestación de servicios, que no sólo prioricen en materia de seguridad sino que construyan todo el entramado requerido para ejecutar ideas de negocio y a su vez permitan su previa generación.
Algunas de esas empresas que han contrato otras por diversos motivos son:
• El Palace Casino Resourt ha planteado su ferviente inclinación por realizar un proceso de ensanche o expansión a más de 110.000 pies cuadrados, para lo cual presentó su proyecto a Biloxi Plainning Commision como intermediaria para la materialización final de esta estrategia de negocio.
• Remington Park realizó un convenio con la Chickasaw Nation que pretende adquirir un amplio número de licencias para operar apuestas en materia de carrera de caballos y otras atracciones. La primera instancia se encargará de la emisión y tramitación de los documentos.
• La compañía Wells Fargo se beneficio de la modalidad conocida como “Swaps” a través de la cual adquirió participación en el distinguido Resort Atlantic City como forma de pago de las cuantiosas deudas.